viviendas vacías

NUEVA CONVOCATORIA:

El área de vivienda es prioritaria para ofrecer a los y las tolosarras la posibilidad de residir en el municipio. En este sentido, el Ayuntamiento está trabajando para impulsar la construcción de nuevas viviendas, pero también es imprescindible movilizar viviendas vacías y tomar otra serie medidas para facilitar el acceso a la vivienda.

En este sentido, el Ayuntamiento ha puesto en marcha la convocatoria de subvenciones para la rehabilitación de viviendas vacías para lograr dos objetivos: facilitar la realización de reformas a las personas propietarias, complementando las ayudas del Gobierno Vasco, para así conseguir movilizar más viviendas vacías y, por otra parte, poner en alquiler las viviendas a través del programa Bizigune, con el fin de incrementar las posibilidades de alquiler protegido en el municipio, de manera que las rentas de alquiler sean inferiores al precio de mercado.

DIRIGIDO A:

Las personas (físicas o jurídicas) propietarias de viviendas vacías y con destino al alquiler en Tolosa.

REQUISITOS A CUMPLIR:

  • La vivienda que se desee alquilar debe estar situada en Tolosa.
  • La propiedad de la vivienda deberá estar al corriente en sus obligaciones respecto Hacienda y Seguridad Social.
  • Incluir la vivienda en el programa Bizigune.
  • Ejecutar las obras establecidas en el informe técnico de Alokabide y que sean a cuenta de la propiedad.
  • Las viviendas y propietarios/as que se integren en Bizigune deberán cumplir los requisitos establecidos en cada momento por la normativa vigente.
  • En caso de existir una línea de subvención a obras particulares por parte del Gobierno Vasco para rehabilitar la vivienda y su puesta a disposición a través del programa Bizigune, será requisito solicitar la misma.

IMPORTE DE LA SUBVENCIÓN

  • Hasta 4.000€ para las viviendas vacías situadas fuera de la Parte Vieja.
  • Hasta 8.000€ para las viviendas vacías ubicadas en la Parte Vieja.

Las ayudas se concederán por orden de presentación de solicitudes, hasta agotar la cantidad prevista en el presupuesto.

Se entenderá que se ha presentado la solicitud cuando se presente la misma acompañada de toda la documentación precisa.

En caso de que la solicitud cumpla los requisitos para obtener ayuda pero el presupuesto de dicho ejercicio esté ya agotado, dicha solicitud tendrá prioridad para obtener financiación desde la cantidad prevista en el presupuesto del año siguiente, siempre de conformidad con el orden de solicitudes.

CUÁNDO, DÓNDE Y CÓMO PRESENTAR LAS SOLICITUDES:

Las solicitudes deberán presentarse, para el 30 de noviembre, presencialmente en el Registro General del Ayuntamiento (UDATE) o telemáticamente a través del Registro electrónico del Ayuntamiento (www.tolosa.eus).

Además de ello, las personas físicas también podrán presentar su solicitud a través de las siguientes vías: en las Oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca; en las misiones diplomáticas u oficinas consulares de España; en las oficinas Consulares o en las representaciones diplomáticas de España en el extranjero; en las oficinas de asistencia en materia de registros o en cualquier otro lugar establecido en las disposiciones vigentes.

INFORMACIÓN ADICIONAL Y HOJA DE SOLICITUD (ficheros adjuntos)

AdjuntoTamaño
PDF icon Ordenanza186.85 KB
PDF icon Convocatoria253.67 KB
Microsoft Office document icon Hoja de solicitud226.5 KB