Los interesados, podrían examinarlo y en su caso, interponer los recursos o reclamaciones que estime oportunas conforme a las siguientes reglas:
A) Plazo para examinarlos y en su caso para interponer los recursos o reclamaciones: hasta el 21 de enero
B) Oficina de presentación: Registro General de Entrada del Ayuntamiento durante el horario laboral.
C) Órgano ante el que se recurre: Ayuntamiento Pleno.
Transcurrido el plazo de información expresado sin que se ha - ya producido ningún, recurso, reclamación u observación, se tendrá por aprobado definitivamente el mencionado Presupuesto, sin necesidad de nuevo acuerdo.


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