Subvenciones para gastos realizados durante el estado de alarma ocasionado por la Covid-19

¿QUÉ ES? ¿PARA QUÉ?

El objeto de esta convocatoria es aprobar las normas especiales reguladoras para la concesión directa de ayudas a personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, así como a microempresas, cuyas actividades queden suspendidas en virtud de lo previsto en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19, o, en caso de mantener la actividad, hayan visto reducida la facturación en más de un 50 % respecto al promedio facturado en el 1.º y 2.º trimestre del ejercicio 2019.

La finalidad de estas ayudas es el apoyo a las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, así como a las microempresas, para afrontar gastos fijos de funcionamiento derivados de la titularidad, ejercicio y desarrollo de un negocio o actividad comercial, que se haya suspendido o se haya visto perjudicado por una disminución en sus ingresos de más del 50 % como consecuencia de la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, para lograr que, una vez finalizado el período de cierre obligatorio, se produzca, lo antes posible, la reanudación de su actividad económica.

 

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