No habiendose presentado reclamación o sugerencia alguna a la Normativa que ha de regir el Registro de Asociaciones sin ánimo de lucro de interés municipal, aprobada con carácter inicial, por el Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria de fecha 25 de setiembre de 2000, queda aprobada definitivamente, lo cual se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el art.70.2 de la Ley 7/85, de 2 de abril
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